DICTADO DE CLASE:
1.Es responsabilidad de ITECA disponer de un docente idóneo para el dictado de clases y es facultad de la Institución el cambio, reemplazo, temporáneo o definitivo del mismo, en caso de fuerza mayor.
2.Ante la ausencia Justificada del docente, la Dirección podrá posponer el dictado de la clase a una fecha posterior, manteniendo en todos los casos la cantidad de clases por asignatura.
3.El alumno deberá respetar los horarios de clases virtuales, y asistir por lo menos el 75% de las clases (se contabilizará por conectividad on-line) para tener el derecho de rendir examen.
4.El alumno que habiendo cumplido más del 50%, pero menos del 75% de asistencia a clases y que, por razones especiales se considere en condiciones de excepción deberá solicitar por nota (con la suficiente antelación) a la Dirección de la institución permiso para rendir examen, pudiendo ser requerida la documentación que evalúe dicho pedido.
5.ITECA se reserva el derecho de modificación del plan de estudio y carga horaria vigente, en el caso de que la Dirección Académica considere que este hecho mejore los contenidos o el formato educativo.
6.Dos o más grupos podrán participar en la misma capacitación por razones organizativas.
CERTIFICADO DE ALUMNO REGULAR:
1.Los certificados de alumno regular se extienden a pedido y solo si el interesado se encuentre cursando. Será válido con respecto al periodo cursado en ese momento.
2.Los mismos deberán ser solicitados con 48 horas de anticipación con la condición de tener la cuota al día (del mes en curso).
EXAMENES FINALES Y PARCIALES:
1.Los exámenes finales serán realizados al concluir cada Módulo, en fechas comunicadas con antelación. ITECA está facultada para disponer el/los docentes que realizaran las evaluaciones, quienes respetaran las modalidades de cada asignatura.
2.Los alumnos serán evaluados mediante parciales ( TP) de cada asignatura. Los mismos serán teóricos o teóricos-prácticos conforme lo establecido en cada asignatura.
3.La promoción de la asignatura se obtiene si el alumno presenta el 70% o superior de los trabajos requeridos y aprueba el 60% de los mismos presentados. Esto lo exime de rendir examen regular final.
4.En caso de no llegar a cumplimentar los porcentajes descriptos el alumno deberá rendir el examen regular final.
5.La regularidad de cada asignatura se mantendrá por un año. En las Diplomaturas, para los módulos individuales será de 6 meses.
6.Los exámenes parciales no tienen casto alguno.
7.Los exámenes finales posteriores a la regularidad de la asignatura no tendrá costo hasta la tercera fecha de examen consecutiva, a partir de ello se cobrará un derecho de examen.
FERIADOS:
1.Los feriados se encuentran contemplados en la planificación de las distintas carreras y/o cursos, de manera tal de responder a la cantidad de clases por asignatura y no a los días asignados.
CERTIFICACIÓN:
1.El haber finalizado los estudios como alumno regular y cumplido con todos los exámenes finales de las asignaturas, hace acreedor al alumno, del certificado por el curso realizado o del título obtenido, siendo este de carácter privado no oficial, no habilitante para ejercer docencia oficial y privada, ni para continuar con estudios superiores, Son condiciones para solicitar el mismo, tener: la cuota al día, todas las asignaturas aprobadas y abonarlo al momento de realizar la solicitud, correspondiendo certificado analítico solo al concluir la diplomatura.
2.La demora de entrega de los certificados es de 60 días, exceptuándose los certificados analíticos, los cuales podrán tener una demora superior.
3.Terminada la capacitación, el alumno tiene 180 días para solicitar certificado. Cumpliendo este plazo ITECA determinara su destino.
4.En caso de que se solicite un duplicado del certificado deberá abonar el valor actualizado del mismo a la fecha.
5.Los certificados y/o títulos se envían en formato digital. En el caso de las Diplomaturas con aval universitario se puede solicitar impreso,
6.El certificado final de estudio validara la capacitación realizada, dado que ITECA no entrega constancias provisorias o finales de capacitación.
NORMAS ADMINISTRATIVAS: INSCRIPCIÓN
1.El pago de la inscripción de un curso corresponde a la duración del mismo. En las carreras al ciclo lectivo en que se halla inscripto.
2.ITECA se compromete a respetar el plan de pago pactado a todo alumno que, habiendo abonado sus estudios por adelantado, deberá realizarlo en el ciclo lectivo posterior.
3.La clave identificatoria de la inscripción será única y válida para todos los trámites académicos y administrativos que cursen en ITECA.
PAGO CONTADO/ TARJETA DE CREDITO
1.En caso de Pago de Contado o Pago con Tarjetas de Crédito, de la totalidad de la capacitación, el mismo corresponderá al año vigente. No correspondiendo ajuste en el valor de la cuota, si es que lo hubiera. Esto excluye el pago de certificación y las capacitaciones de los años posteriores no incluidos en este pago.
2.Este concepto también está incluido en el ítem 5 (cinco) de pago de cuotas.
PAGO DE CUOTAS
1.La matrícula corresponde al pago de inscripción y la cantidad de cuotas del plan elegido, las mismas se abonarán mensual y consecutivamente.
2.Las cuotas se abonarán del 1 al 10 de cada mes por adelantado, en cuyo caso el alumno recibirá un descuento sobre el monto real de la cuota.
3.Queda establecido que la duración del plan de pago es independiente el tipo de duración del ciclo lectivo, pudiendo tener que realizarse pagos luego de la finalización de los mismos.
4.En el formulario de inscripción el alumno aceptara el presente REGLAMENTO y donde constaran todos sus datos, la cantidad de cuotas a abonar, el monto y la fecha de vencimiento de las mismas. Quedando notificado de esta manera, el plan de pago correspondiente a su capacitación.
5.Por razones organizativas los aranceles abonados en concepto de matrícula no serán reintegrados. En caso de imposibilidad de asistir con un aviso de hasta 48 horas antes del inicio de la capacitación se admitirá un reemplazo en la vacante.
6.El valor de la cuota solo implica el precio de financiación de la capacitación. El mismo podrá ser modificado acorde al incremento que los costos de servicio pueden sufrir.
7.Mediante la realización de inscripción anticipada o reinscripción al ciclo lectivo posterior, el alumno obtiene un plan de financiación que le otorga ventajas respecto de aquel alumno que se inscribe a partir de febrero del año siguiente. Estas ventajas de la financiación por reinscripción caducan después de la morosidad de 15 días del vencimiento de la cuota pudiendo la institución pasar estos valores al precio de lista actual de la capacitación seleccionada.
8.En el caso de que el alumno hubiere abonado la totalidad del curso y por razón de fuerza mayor no puede cursarlo, tiene hasta la 2 clase para nombrar un reemplazante. Los montos abonados no son reintegrables.
9.En caso de los alumnos creedores de medias becas o becas completas, las mismas corresponden únicamente al módulo en curso y sobre el valor de lista correspondiente, no incluye la inscripción.
10. Software: El instituto no está obligado a proveer del software.
RESTRICCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO
1.El alumno que incurriese en morosidad, perderá el derecho a prácticas adicionales, rendición de examen, certificado de aprobación de asignaturas y/o carreras.
2.El alumno será informado de la anomalía e invitado a regularizar la misma. De no solucionarse esta situación y cumpliendo el plazo establecido para tal fin, el sistema de administración dará de baja la matricula en forma automática, lo que implica la imposibilidad de continuar delante sus estudios.
3.El alumno que por diferentes circunstancias decida abandonar sus estudios, solo podrá hacerlo estando al dio con sus pagos al momento de realizar la solicitud de baja fehacientemente hasta cumplimentar el tramite antes mencionado.
4.Por deudas al final del periodo lectivo, estos importes serán ajustados al valor de cuota del periodo lectivo vigente.
REGULARIDAD ADMINISTRATIVA
1.Para el cursado de la capacitación, ya sea este curso o carrera, el alumno deberá presentar carácter de “alumno regular”.
2.La cuota del mes en curso se podrá abonar únicamente hasta el último día hábil del respectivo mes.
3.El alumno que no posea la cuota del mes anterior abonada, perderá la condición de alumno regular.